En un encuentro de relevancia celebrado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 22 de marzo de 2024, la Federación Gremial del Personal de la Industria de la Carne y sus Derivados (Personería Gremial Nº 79), liderada por el Sr. José Alberto Fantini en su calidad de Secretario General y un grupo selecto de miembros paritarios, se unió al Centro de Empresa Procesadoras Avícolas (CEPA), representado por los Sres. Roberto Domenech y Carlos Sinesi, para discutir y consolidar un acuerdo salarial que marca un hito en el sector avícola.
El Acta Acuerdo rubricada entre la «Federación la Carne» y CEPA ha fijado un importante incremento salarial para todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 607/10. Este aumento, del 11% no remunerativo, se aplicará de manera acumulativa sobre las retribuciones básicas vigentes hasta el 29 de febrero de 2024, durante el periodo del 1° de marzo al 31 de marzo de 2024. Es preciso destacar que a partir del 1° de abril de 2024, estos valores pasarán a ser remunerativos, otorgando así un considerable beneficio económico a los empleados del sector.
Detalles del Acuerdo
Este acuerdo salarial, de alcance general, regirá para todos los trabajadores amparados por el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 607/10, para Actividades y Servicios Avícolas, incluyendo sus Anexos, Derivados y Subproductos, con validez desde el 1° de marzo de 2024 hasta el 31 de marzo de 2024. Este periodo corresponde a la segunda parte del último trimestre de la paritaria anual, abarcando desde el 1° de mayo de 2023 hasta el 30 de abril de 2024.
Cláusulas Destacadas
- Incremento Salarial: Durante el periodo del 1° de marzo de 2024 al 31 de marzo de 2024, se aplicará un incremento no remunerativo del 11% (once por ciento) acumulativo sobre las retribuciones básicas vigentes al 29 de febrero de 2024. A partir de esta fecha, las retribuciones, tanto remunerativas como no remunerativas, se ajustarán conforme al Anexo A correspondiente.
- Conversión a Remunerativo: A partir del 1° de abril de 2024, los valores acordados pasarán a ser remunerativos según lo dispuesto en el ANEXO B adjunto al presente acuerdo.
- Absorción de Incrementos Anteriores: Cualquier incremento o pago otorgado por las empresas a cuenta de futuros aumentos desde el 1° de marzo hasta el 25 de marzo de 2024 será absorbido por los incrementos otorgados en el presente acuerdo, hasta su concurrencia.
- Continuidad de Negociaciones: Ambas partes acuerdan reunirse nuevamente después del 12 de abril de 2024 para dar continuidad a las negociaciones paritarias, manteniendo un clima de paz social durante la vigencia del presente acuerdo.
- Solicitud de Homologación: De manera conjunta, las partes solicitarán la homologación de este acuerdo ante la Secretaría de Trabajo de la Nación, reconociendo así haber alcanzado una justa composición de derechos y deberes para ambas partes involucradas.